TESTIMONIO: VISTO: Las solicitudes interpuestas por el Aero Club Balcarce y la Facultad de Ciencias Agrarias de Balcarce, mediante el Expediente Nº 4551-B/98, en la que solicitan el arrendamiento de las tierras libres entre pistas del Aeródromo local, destinado a la producción de cultivos agrícolas, y CONSIDERANDO: Que requieren se disponga el arrendamiento accidental por una siembra y cosecha de trigo, soja, maíz o girasol, indistintamente por un período de tres (3) años consecutivos, a partir del 1 de julio de 1998 de aproximadamente cien hectáreas (100 ha.), según croquis que adjuntan. Que el Aero Club, considera conveniente la propuesta presentada por la Facultad de Ciencias Agrarias de Balcarce. Que la Comisión del Aero Club Balcarce, ha mantenido una reunión con el Departamento Ejecutivo aceptando la propuesta interpuesta por la Facultad. Que por todo lo expuesto, el Departamento Ejecutivo ha estimado la conveniencia de adjudicar en forma directa el arrendamiento a la Facultad de Ciencias Agrarias. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 71/98 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el ------------ Contrato en forma directa con la Facultad de Ciencias Agrarias de Balcarce para el arrendamiento accidental de cien (100) hectáreas libres entre pistas del Aeródromo local de acuerdo al siguiente detalle: - Arrendamiento accidental por tres (3) años agrícola, a partir del 1º de julio de 1998 por una siembra y cosecha de trigo, soja, maíz o girasol indistintamente.---------------------------------- ARTICULO 2.- El valor del arrendamiento por hectárea será el 33% ------------ (treinta y tres por ciento) de los kilogramos producidos, pagando en forma adelantada Pesos Noventa ($ 90.-) por hectárea y saldando el valor final a la fecha de cosecha de cada cultivo en proporción a la superficie sembrada y rendimiento obtenido en cada uno de ellos. Al momento de realizar el pago de los Pesos Noventa ($ 90.-) por hectárea, se determinará a que cantidad de kilogramos corresponde ese valor para cada uno de los cultivos sembrados.------------------------------------------------ ARTICULO 3.- La Facultad, de acuerdo a sus conocimiento técnicos ------------ con el apoyo de la Cátedra de Terapéutica Vegetal y laboratorios privados, será la encargada de realizar el control y eventual erradicación de malezas que posee el suelo: Sorgo de Alepo, Gramilla, Enredadera Perenne, Cebollín, etc.---------------- ARTICULO 4.- El Departamento Ejecutivo, mediante la Asesoría ------------ Legal, será el encargado de realizar para su posterior firma, el correspondiente contrato de arrendamiento de acuerdo a lo expuesto en el exordio de la presente.---------------- ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los diez días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------